- Desde el 1 de abril de 2022, la compensación será del 13% en 2022 y 2023.
- Desde el 1 de julio de 2022, del 11% en 2022 y 2023.
- Desde el 1 de octubre de 2022, del 9% en 2022 y 2023.
- Desde el 1 de enero de 2023, del 5% en 2023.
- Desde el 1 de abril de 2023, del 4% en 2023.
- Desde el 1 de julio de 2023, del 3% en 2023.
- Desde el 1 de octubre de 2023, del 2% en 2023.
Estas compensaciones se aplicarán sobre el rendimiento previo a la aplicación del coeficiente de gastos de difícil justificación en la estimación directa simplificada en el IRPF o sobre la base previa a la aplicación de la compensación de las microempresas y a las correcciones en materia de aplicación del resultado en el Impuesto sobre Sociedades.
Así mismo, se prorroga dos años más, hasta el 31 de diciembre de 2023, la deducción en cuota del 30% de los gastos en los que el profesional o la empresa incurra para adaptar sus sistemas informáticos a Batuz, así como si para ello necesita adquirir nuevos equipos.